sábado, 24 de marzo de 2012

CUATRO ESTUPIDOS!!!!!????


Los cuatro detenidos acusados de ser los autores de la brutal golpiza que sufrió Daniel Zamudio quedaron esta tarde en prisión preventiva durante los 90 días determinados para la investigación.

Se trata de Raúl Alfonso López (25), Alejandro Angulo Tapia (26), Patricio Ahumada Garay (25) y Fabián Mora Mora (19).

Según declaró a La Tercera el abogado de la familia Zamudio, Jaime Silva, “Uno de los muchachos confirmó haber estado en el lugar de los hechos pero niega participación en el acto delictual”.

El Ministerio Público pidió al tribunal formalizar a los acusados por homicidio calificado en grado de frustrado.

Si bien los acusados no pertenecen a grupos neonazis, cuentan con antecedentes delictuales por xenofobia.

Zamudio fue atacado, aparentemente por su condición sexual, hace una semana en las cercanías del parque San Borja, donde los atacantes le marcaron una esvástica en su cuerpo.


MADRE DE DANIEL

Jacqueline Vera, la madre de Daniel Zamudio, el joven que fue atacado por un supuesto grupo de neonazis, hizo un llamado a la Justicia para que a los agresores de su hijo se les aplique "todo el rigor de la ley" y que " no voy a parar hasta verlos secos en la cárcel".
ImagenEl estado de salud del joven homosexual, se agravó considerablemente, luego de que el lunes sufriera una paro cardiorrespiratorio, episodio que lo llevó a ser sometido a un coma inducido y que su condición avance a una muerte cerebral.
Para Vera, los cuatro autores del ataque "nNo midieron las consecuencias y los destruyeron a él como persona, era muy linda persona, todo el rigor de la ley con ellos (...) quiero que todos sean parejo, todos. Así como uno lo golpeó y los otros estuvieron mirando y lo golpearon, tienen también culpa, así como el primero, el tercero y el cuarto, pero no voy a parar hasta verlos secos en la cárcel".
Por su parte, Iván Zamudio, padre del joven, que está con ventilación mecánica dijo que aun mantiene una esperanza sobre la evolución de su hijo.
"Vi como un halo en su carita yo lo miré del punto de vista, de que el cuerpo de Daniel todavía está luchando, y esa es la 'lucecita' que todavía tenemos, tenemos una esperanza todavía".
Zamudio dijo además que "tenemos un poco de resignación por esa parte, me lleva a que nos sigan apoyando a que sigan rezando por Daniel".

FUERZA DANIEL

MICHAEL BACHELET


Ex Presidenta Bachelet recibe premio 'Humanitarios por el Mundo'
24 de marzo de 2012 14:45 actualizado a las 15:10

NUEVA YORK.- La ex Presidenta y actual directora ejecutiva de ONU Mujeres, Michelle Bachelet, fue galardonada con el premio "Humanitarios en el Mundo", de la fundación Gabriela Mistral en New York, como un reconocimiento a su labor por procurar la igualdad de género en Chile y en el mundo.

"Voy a luchar por la educación universal, la democracia, los derechos humanos, por la justicia y la igualdad", manifestó la ex Mandataria.

En el evento, que coincidió con el quinto aniversario de la fundación Gabriela Mistral, la titular de ONU Mujeres dedicó cariñosas palabras en memoria de la poetisa chilena, especialmente a su profundo compromiso con la justicia social y la igualdad.

"Ella siempre defendió a aquellos que no tenían poder. Con su ejemplo, dio esperanza y abrió oportunidades para muchas mujeres que fueron objeto de discriminación, que fueron marginadas en la toma de decisiones, mujeres que no tuvieron acceso al mundo del trabajo e incluso al control sobre sus propias vidas", enfatizó.

Al agradecer el reconocimiento, Bachelet insistió en que continuará trabajando como titular de ONU Mujeres, por la igualdad de género y por los ideales que guiaron a Gabriela Mistral.

"Hoy, al recibir este honor, prometo que voy a continuar defendiendo a todas esas 'Gabrielas', a todas las mujeres y las niñas para que sus sueños puedan ver la luz", agregó.


LUCRO!!!


Una de las principales demandas del movimiento estudiantil es “acabar con el lucro en la Educación”, en este sentido, la idea de dicha demanda es evitar que particulares, ejerciendo actividades educacionales, ganen dinero como si fuera un negocio solamente. En este sentido, el objetivo del presente artículo es contribuir a esclarecer algunas ideas que pueden tornarse un tanto confusas cuando se habla de “lucro en la educación”.

Las falacias de la derecha

Escuchando un debate entre Giorgio Jackson, presidente de la FEUC, y Hernán Corral Talciani, abogado y académico de la Universidad de Los Andes, respecto al lucro en la educación en un programa de televisión hace algunos días, pude anotar los siguientes argumentos para defender el lucro, argumentos que por lo demás resultan recurrentes en la derecha:

a.- La educación de mercado no es mala, porque la competencia aumenta la calidad. La experiencia práctica indica todo lo contrario: si lo analizamos en términos económicos, cuando la demanda es mayor que la oferta técnicamente no se produce una gran competencia –son más bien los demandantes los que compiten entre sí. La situación actual se reduce a muchos demandantes por educación superior y planteles que cobrando determinada cantidad de dinero satisfacen dicha demanda. El problema es que cuando esto ocurre la calidad queda a un lado, en tanto el que entre pague.

b.- Es perfectamente legítimo esperar obtener un retorno económico cuando se invierte dinero. Si hablamos de actividades comerciales por supuesto que sí. Sin embargo, por un lado la educación es un derecho –y como tal, sin perjuicio de que pueden colaborar los privados, debe ser asegurada por el Estado–, y por otro lado existe aquí una seria confusión conceptual que sólo enunciaré y desarrollaré más adelante: el problema no es que las Universidades generen excedentes, sino el cómo y a qué se destinan aquellos excedentes, y sobre todo, qué entendemos por “lucro”.

c.- Si reclaman por el lucro en la Educación, entonces después deberían trabajar gratis. Esto es derechamente un error conceptual grosero. Es muy distinto en términos económicos el retorno con excedentes producto de la inversión de dinero en una actividad económica, al pago de un salario por desarrollar un trabajo, salario que idealmente debiese representar la riqueza producida por el desarrollo de dicho de trabajo, pero que en una sistema económico capitalista como el nuestro en el mejor de los casos constituye una “explotación por la vía relativa”.

¿Qué es el lucro? ¿Cuál es el lucro que se puede y/o que no se puede permitir?

“Lucro” de acuerdo a la RAE puede ser definido como la “ganancia o provecho que se saca de algo”. Si lo aplicamos a la educación, sería entonces “ganancia o provecho económico que se obtiene producto de ejercer una actividad educacional”. De esta manera, el decir “no al lucro en la educación” implicaría impedir que todos los actores educacionales pudieran obtener estas ganancias. Aquí encontramos la primera imprecisión.

Resulta que en un sistema donde se cobran aranceles es prácticamente inevitable que las Universidades obtengan excedentes, partiendo por la Universidad de Chile, institución “pública” (entre comillas, porque sólo el 17% corresponde de su financiamiento es de carácter estatal). ¿Este es el lucro al cual nos oponemos? Estimo que es deseable que las Universidades obtengan excedentes económicos. El problema –como veremos a continuación– es que se hace con los excedentes.

Cuando una entidad obtiene excedentes, puede hacer con ellos tres cosas: reinvertirlos, invertirlos en otra entidad, o ser apropiados por quienes detenten la propiedad de ellas. Por otro lado, el artículo 30 de la LOCE (no derogado por la LGE, ya que esta última no se refiere a educación superior), establece:

Artículo 30: Las universidades, los institutos profesionales y los centros de formación técnica estatales sólo podrán crearse por ley. Las universidades que no tengan tal carácter, deberán crearse conforme a los procedimientos establecidos en esta ley, y serán siempre corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro para el efecto de tener reconocimiento oficial.

Al ser corporaciones sin fines de lucro, no pueden invertir sus excedentes en otras instituciones con fines comerciales. Sin embargo, no hay ningún problema para que sean reinvertidos. Además queda claro del tenor de la ley que estos excedentes no pueden ser apropiados por particulares. Por lo tanto, la primera dimensión de esta demanda estudiantil es evitar esta apropiación por parte de quienes detenten el control de la Universidad.

“Utilidades” y “ganancias”

La prohibición al “lucro” en la Educación tiene un componente estrictamente jurídico: lo que se prohíbe en verdad es el retiro de utilidades, es decir, la diferencia positiva entre lo invertido y lo retornado en una actividad económica determinada y rentable. Ahora bien, existe en nuestro país un sistema tributario que establece impuestos en base a las utilidades percibidas, sistema al que no están afectas las corporaciones sin fines de lucro. De esta manera, hablamos de utilidades cuando hablamos de los excedentes de una empresa o una persona generados por actividades con fines de lucro, y sobre ella se tributa. Pero lo correcto sería hablar de ganancia, es decir, cualquier diferencia positiva entre lo invertido y lo retornado, sin importar qué clase de actividad se trate, dado que las Universidades, al ser corporaciones sin fines de lucro, no perciben utilidades en estricto rigor.

¿Está prohibido realmente el lucro en la Educación Universitaria chilena?

Partiré con la respuesta que no me agrada: no, no esta del todo prohibido. Lo que está prohibido por la LOCE cuando habla de “lucro” es que los dueños de las Universidades privadas retiren las utilidades en su provecho, y este concepto normativo de “lucro” aplicado al caso particular lo podemos desprender del hecho de que se establezca que las Universidades deben ser corporaciones de derecho privado sin fines de lucro. Por lo tanto, no hay tributos respecto a estos excedentes como sí los hay para actividades comerciales.

Sin embargo, no está prohibido obtener ganancias. Y efectivamente existen formas para obtener ganancias, es decir, que parte del dinero de los excedentes que genera una institución universitaria llega al bolsillo de sus dueños. La más conocida y burda es aquella de ser miembros de una corporación universitaria y a la vez socios de una inmobiliaria para producir ahí la triangulación de los recursos. Lamentablemente no es ilegal, como muchos lo han alegado –quizás inmoral–, por lo que sería imposible plantear un eventual fraude a la ley por parte de todos los que se han enriquecido.

En definitiva, la consecuencia económica práctica resulta peor de que si el lucro estuviese permitido, dado que finalmente no se tributa sobre los excedentes como sí se haría si se les reconociera una naturaleza empresarial a las Universidades.

Pasos a seguir

Para ser ecuánime plantearé las posturas que deberían seguir siendo consecuentes con su idea defendida tanto quienes se oponen al lucro en la Educación como quienes lo avalan. De todas maneras aclaro que yo engroso la fila de los primeros.

Para los que nos oponemos, como cuestión fundamental, darle el contenido jurídico lo más amplio posible al concepto de “lucro”, que como vimos en la legislación actual se limita a “utilidades”. La idea es evitar que el dinero de quienes pagan la Educación universitaria llegue a los bolsillos de los dueños de las Universidades. Pero no basta con sólo prohibirlo, hay que establecer prohibiciones, imperativos y mecanismos de incentivo para que estos excedentes sean reinvertidos en las mismas instituciones educacionales.

En definitiva todo esto se debe entender como una medida parche, puesto que la idea es reformar completamente las bases del funcionamiento de la educación superior en Chile. Una reforma que implique mayor aporte del Estado a las instituciones públicas y por ende el fortalecimiento de éstas, sin perjuicio de la existencia de aportes a las instituciones privadas si es que cumplen ciertos requisitos, como por ejemplo; democracia interna, producción de conocimiento público, cupos de equidad, etc.

Para los que avalan el lucro en la educación, si son consecuentes con las “bondades” de un sistema de Educación de mercado, entonces deberían buscar el reconocimiento de las instituciones de educación superior como estructuras societarias pasa así poder obtener utilidades, tributar como cualquier empresa, ser veladas por una Superintendencia respectiva, y tener los mismos criterios de transparencia para todos los actores del mercado. Además se debiese permitir que las Universidades públicas funcionaran bajo el sistema de empresa estatal para poder competir en igualdad de condiciones.

Agradecimientos especiales a Édison Orellana Ramos, ayudante del ramo de Filosofía Moral de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, quien me inspiro para escribir este artículo gracias a su buena conversación y sincera amistad. Sin duda buena parte de las ideas planteadas aquí se originaron en aquella buena charla.


LUCRO EN LA EDUCACION


Lucro en la Educación Superior en Chile

Prof. Raul Atria, Director Departamento de Sociología

Por: Prof. Raúl Atria, Departamento de Sociologia.

Lucro es la apropiación privada del excedente generado por una organización o empresa que produce bienes o servicios. Una organización con fines de lucro genera utilidades que puede repartir a sus dueños, como es el caso de las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada.

La organización sin fines de lucro es similar a una empresa ya que puede cobrar, remunerar, invertir en acciones, endeudarse y tener utilidades, pero no puede repartirlas a sus fundadores. Deben ser reinvertidas o acumuladas en el patrimonio corporativo. Su propósito es el bien común, lo cual les permite recibir donaciones deducibles de impuesto y beneficios tributarios. Estas organizaciones pueden darse la forma jurídica de fundaciones (un patrimonio adscrito a una finalidad legítima determinada, administrado por directores) o corporaciones sin fines de lucro (una asociación cuyos socios aportan a la constitución de un patrimonio corporativo sin que haya cuotas de propiedad sobre él). (Waissbluth. La Tercera, 15 de junio de 2012)

Los bienes de fundaciones o corporaciones y los excedentes que generen, ya no pertenecen a sus socios o fundadores. Si se disuelve una fundación o corporación, sus bienes pasan a la propiedad de quienes designen sus estatutos y si éstos nada dicen, pasan al Estado. Los socios o fundadores, aportan a un propósito de bien común y no pueden pagarse sueldos o transar con otras empresas por montos fuera de mercado ( si eso ocurre, las fundaciones o corporaciones se convierten de hecho en organizaciones con fines de lucro).

En Chile, el gobierno militar cuando hizo la así llamada reforma de 1981, legisló que las universidades no pueden tener fines de lucro. (pero no los Institutos Profesionales ni los Centro de Formación Técnica). Es paradojal que en Chile no se acepte el lucro en universidades, pero sí en IPs, CFTs y escuelas subvencionadas..

¿Cómo se sobrepasa legalmente la prohibición del lucro establecida por ley? Desde luego, con un blando sistema de control de legalidad de las instituciones sin fines de lucro y aplicando una o varias de las estrategias siguientes:

1. Haciendo que la Universidad carezca de patrimonio inmueble propio, el cual está radicado en una empresa externa, relacionada, la cual puede dar en garantía ese patrimonio para operaciones bancarias en condiciones más ventajosas que si esos bienes fueran de propiedad de la institución. La propiedad de la Universidad es en realidad un patrimonio intangible constituido por el flujo de recursos que ingresan por vías de aranceles y matrículas (estos flujos son actuales o diferidos y en los tiempos de duración de las carreras, con documentación anual) que conforman una cartera de deudores que puede ser valorizado a precios de mercado en las instituciones financieras). Esto hay que "transparentarlo".

2. Externalizando servicios (uso de infraestructura o equipamientos, llegando incluso al caso de externalizar carreras) y pagando por esos servicios montos fuera de mercado. Esto hay que "transparentarlo"

3. Estableciendo un nicho de lucro por la integración vertical de IPS o CFTs asociados a la Universidad sin fines de lucro. La Universidad es entonces parte de un holding en el cual hay instituciones asociadas que tienen fines de lucro. Esto hay que sincerarlo y "transparentarlo" Cuando se habla de potenciar la formación técnica (muy loable) en la cual hay aproximadamente un tercio de la matricula total en la ES , lo que se está diciendo es que habrá un apoyo explícito del Estado a la expansión de la parte lucrativa de la ES. Esto hay que sincerarlo.

4. Por venta de la "universidad".¿Pero, qué es lo que se vende?. Se vende la cartera de deudores de acuerdo a su valor financiero, lo cual explica que la instituciones que son vendidas a terceros tienen o han tenido en las fases previas a la transacción, una fuerte expansión de su matrícula. Los compradores de este "patrimonio intangible" no son necesariamente universidades, sino que suelen ser fondos de inversión muchas veces extranjeros (i.e Laureate, Apollo) o nacionales con participación de socios extranjeros (ie. Linzor Capital; Southern Cross).

Hay una estimación conservadora de aproximadamente 120 mil alumnos que están hoy en Chile en Universidades "vendidas" a fondos de inversión, de los cuales hay algunos que transan sus acciones en bolsas extranjeras Bolsa de N.Y. ( como es el caso de Laureate). Se trata pues de Universidades que estrictamente hablando no son chilenas. Estimando un monto promedio de 2 millones de pesos de aranceles, esto significaría que la cifra de negocios de estas universidades vendidas alcanzaría a 240 mil millones de pesos al año. Esto hay que sincerarlo.

Tenemos una legislación "estupenda": legitima la orientación de bien público de las Universidades con la prohibición del lucro, pero al mismo tiempo deja amplios espacios para el lucro por ausencia o debilidad de control de legalidad, o por vacíos legales. Las Universidades que no tienen un estatuto público, llegan entonces a ser un fantástico negocio privado legitimado por su "vocación" pública (no lucro).

Habría tres cursos de acción posibles para abordar estos sesgos:

1. dejar las cosas como están (ambigüedad tolerada y legitimada)

2. que se cumpla la ley y se amplíe para prohibir con rigor y eficiencia el lucro de las universidades e IPs (los CFTs habría que ponerlos bajo un estatuto separado)

3. abrir un espacio delimitado a instituciones con fines de lucro, reguladas, supervisadas con estricta prohibición de recibir fondos públicos o donaciones privadas, directa o indirectamente.

En cualquier alternativa, es un paso necesario e indispensable someter este tema al debate público informado y asegurar la sostenibilidad económica, social y política de las universidades estatales, que son las que aseguran un espacio para que la educación superior sea tratada como bien público.